Hace tiempo que sigo al profesor Antonio Fernández. No solo es el mayor experto que conozco en temas como la discriminación o la intermediación laboral en el entorno digital, también es un referente a la hora de aprender sobre cuestiones legales y normativas que muchas veces olvidamos o descuidamos en orientación laboral.
Como decía, lo sigo asiduamente e incluso hemos podido colaborar, tanto en su espacio como en este. Así que me resulta muy fácil recomendar algunas entradas de su blog como su ponencia sobre discriminación e intermediación digital. Si te interesan estos temas se me antoja imprescindible. Y aunque no te interesen, te aseguro que sus aportes y sus ejemplos no dejarán de sorprenderte.
Pero, ¿ por qué hablo de Antonio y su trabajo ? Pues solo por dar un poco de contexto al tema que querría mencionar en esta entrada y que refiere a las condiciones que aceptamos cuando utilizamos herramientas digitales en procesos de búsqueda empleo o desarrollo profesional.
Me corregirá Antonio pero creo que este tema también precisaría de un análisis en profundidad, uno de esos análisis que debe hacerse con tiempo, con criterios y con hipótesis.
Obviamente hacer ese análisis no es mi objetivo en este artículo. Solo señalar su importancia y, como mucho, hacer una pequeña llamada a la necesidad de una investigación en este tema.
Y es que muchas veces aceptamos condiciones difícilmente imaginables en lo que refiere al uso de nuestros datos o de los contenidos que compartimos. A veces lo hacemos de forma más o menos consciente. Otras no nos damos ni cuenta.
Revisando recursos de empleo ( lo que no hago sistemáticamente pero que debería ) de esos que a veces utilizo y otras solo pruebo, me he encontrado con uno que me ha dejado perplejo al leer sus condiciones. Es una web que hace años utilicé para identificar oportunidades de empleo con profesionales de ingeniería. Se ve que en estos momentos no tiene actividad o que alguien compró su dominio para hacerse con los datos que había en ella.
El caso es que, tratando de ver si aún podía serme útil, he revisado sus condiciones y me he llevado una de esas sorpresas que te obligan a leer más de una vez y que te dejan temblando.
Esto es (o quiero yo pensar) un ejemplo extremo de la falta de control que tenemos (tengo) en cuanto a qué se puede hacer (y se hace) con nuestros datos y nuestros contenidos. El empleo, el trabajo, el mercado laboral, es un área con muchísimos usuarios potenciales y reales. Linkedin, como no nos cansamos de recordar, es el mejor ejemplo de ello con sus más de 700 millones de personas. Pero existe una ingente cantidad de recursos (portales web, metabuscadores, App’s, foros…) con el empleo o las ofertas de empleo como tema central. ¿ En cuántos de ellos hemos añadido nuestros datos sin conocer exactamente a quiénes se los damos y qué estamos autorizando a hacer con ellos ?
Entre esos recursos destacan los metabuscadores. Yo los utilizo, pero no me canso de decir a todas las personas con las que trabajo que no carguen sus datos. Debemos usarlos solo para identificar y encontrar información (ofertas de empleo, información sobre empresas…) pero no para subir nuestros Cv’s en ellos. Recientemente Elena Ariño señalaba la necesidad de tener mucho cuidado con esto, la necesidad de buscar ofertas de empleo con criterio y conocimientos. En ese artículo enlazaba con una publicación en prensa en la que se señala cómo el negocio de muchos de estos pequeños buscadores son los datos, nada relacionado con el empleo
Tenemos que saber elegir qué herramientas usar y cómo hacerlo. Lo que digo, y me incluyo como usuario, es que debemos tratar de hacerlo con criterio y con la mayor información posible. Y, con todo, no sé cómo podemos librarnos de sorpresas como la que menciono.
Hola Xosé Alberte,
Muchas gracias por recomendar mi trabajo. Creo que la conferencia a la que te refieres es esta: https://aflabor.wordpress.com/2020/09/21/video-de-la-ponencia-intermediacion-laboral-digital-y-discriminacion/
Es la única que está disponible en vídeo pero en el enlace que pones también hay contenido relacionado con lo que estás tratando.
El derecho a la protección de datos de carácter personal siempre es una variable a tener en cuenta cuando buscamos empleo a través de Internet. Nunca deja de darnos sorpresas, como la que nos expones en esta entrada, que es un tanto perturbadora y que desconocía.
Precisamente hace poco la Agencia Española de Protección de Datos ha recordado a Infojobs la necesidad de que comunique el nombre de la empresa que ha publicado una oferta “anónima o ciega” al usuario inscrito que lo solicite. Esto puede suponer un cambio importante en el comportamiento de este intermediario y es una cuestión lógica respecto a la legislación que yo no había contemplado, pese a llevar años estudiando la materia (nunca se deja de aprender). Voy a escribir una próxima entrada de mi blog sobre esta cuestión.
También el uso de inteligencia artifical y algoritmos se regula mediante esta normativa de protección de datos y no se está cumpliendo por parte de determinados intermediarios.
Un saludo
Gracias por matizar y completar la información sobre tu trabajo. Gracias por ilustrarnos y actualizar con novedades como la que comentas de InfoJobs (¿Por qué las empresas se empeñan en parapetarse en el anonimato cuando buscan personal?) Pero, sobre todo, gracias por todo el trabajo que haces en este ámbito de la discriminación y la protección de nuestros datos (de nuestra persona en definitiva) en el entorno digital. Lo necesitamos. La situación y la sensación de indefensión es prácticamente absoluta. Ya sea por desconocimiento, por falta de regulación o por ocultos intereses, el resultado es que en la búsqueda de empleo en este nuevo entorno nos encontramos completamente desamparados. Así que, insisto, mil gracias profesor